Confirmada la pena por intento de asesinato con alevosía a 8 menores por paliza en Amorebieta.

Confirmada la pena por intento de asesinato con alevosía a 8 menores por paliza en Amorebieta.

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha confirmado la condena de entre 3 y 6 años de internamiento cerrado por asesinato con alevosía en grado de tentativa para ocho menores que dieron una brutal paliza a Alex Ionita el 25 de julio de 2021, que le han dejado postrado en cama con secuelas irreversibles. En la agresión participaron también otros ocho mayores de edad.

La sentencia de la Audiencia vizcaína desestima los recursos de seis de los menores y ratifica la sentencia de instancia que declaró a los ocho menores, entre ellos los seis recurrentes, coautores responsables de un delito de asesinato con alevosía en grado de tentativa. El tribunal considera "innegable" su propósito de acabar con la vida de la víctima, al ejercer "una extrema violencia" tras acorralarle.

Tras la paliza, Alex Ionita ingresó en coma en el hospital de Cruces. Finalmente, consiguió sobrevivir, pero sufrió unas lesiones le han dejado importantes secuelas cerebrales.

El órgano judicial, que resuelve los diferentes recursos de apelación, destaca que la mayoría de las impugnaciones pretenden "negar la participación de los menores en el delito de asesinato, en base a la falta de participación efectiva de cada uno de ellos en la agresión". También censuran "la desproporción" de las medidas de internamiento que se les ha impuesto. Ante ello, el tribunal señala que la resolución del Juzgado de Menores recurrida explica con detenimiento la actuación de cada uno de los condenados en la agresión a la víctima, al igual que el material probatorio que soporta los hechos, como fotogramas, manifestaciones de algunos de los involucrados, la testifical del amigo de la víctima, "y muy fundamentalmente, el visionado de las imágenes que grabaron todo el suceso".

Partiendo de este "acervo probatorio", subraya que la sentencia "es conforme a derecho, porque la fundamental alegación de que
los apelantes no intervinieron en la agresión más que de manera puntual o irrelevante para causar el resultado lesivo que se produjo carece de consistencia a la luz de la doctrina de la Sala Penal del Tribunal Supremo sobre la coautoría".

La Audiencia vizcaína afirma que las acciones ya descritas sólo permitían a los encausados asumir que iba a haber "un resultado mortal", ya que, además, emplearon "objetos contundentes como palos y botellas".

Para el Tribunal, el empleo "de extrema violencia no se compadece con una acción irreflexiva de personas que con motivo de una fiesta se exceden participando en una pelea". De hecho, precisa que "no hubo una pelea entre jóvenes como tal, sino una cruel paliza propinada por la sinrazón de unos jóvenes que se ensañaron con la víctima y que procuraron causarle el mayor daño posible".

A su entender, se trata de una imagen que "impresiona" que debería "haber removido la conciencia de los copartícipes, y que desgraciadamente no lo hizo". "Por tanto, no dudamos en apreciar en la conducta de los menores condenados el ánimo de matar", reitera.

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País Vasco