• sábado 1 de abril del 2023

Declaran culpable de asesinato con alevosía y agravantes de parentesto y género al acusado del doble delito de Abanto

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El jurado desecha las mitigantes por patología mental, alcoholismo y confesión pedidas por la defensa pues

El jurado habitual encontró al acusado de decapitar a su mujer y a su hija en Abanto y Zierbena en el tercer mes del año de 2020 culpable de 2 delitos de asesinato con alevosía, con los agravantes de vínculo y de género en los 2 casos, y sin atenuante. Por estos delitos, el encausado, de 60 años, se encara a hasta 50 años de prisión.

La Audiencia Provincial de Bizkaia inició el pasado 12 de septiembre el juicio con jurado habitual por el delito de una mujer, de 56 años, y su hija, de 24 años, en la vivienda familiar de Sanfuentes de la ciudad vizcaína de Abanto Zierbena el diez de marzo de 2020.

El acusado, marido y padre de las víctimas, aceptó su responsabilidad en su declaración en el juicio y reconoció que golpeó a su mujer con unas mazas de obra y más tarde le cortó el cuello con un cuchillo, y que después persuadió a su hija para fingir un secuestro frente a la coyuntura económica que sufría y procedió a atarle con bridas pies y manos. Tras ello, según su declaración, asimismo la atacó con una mazo y el cuchillo.

El jurado habitual, conformado por siete mujeres y 2 hombres, recibió este pasado lunes el objeto de veredicto y, tras un par de días de deliberación, dieron a saber este miércoles su veredicto.

Los integrantes del jurado han encontrado al acusado culpable de "ocasionar la desaparición intencionada" de su mujer y de su hija. Así, han señalado que el encausado declaró como llegó a su casa en Sanfuente, vio a su mujer "dormida en el sofá" y se dirigió a la cocina, "que es donde tenía preparadas las mazas". En su declaración, ha continuado el jurado, relató que "cogió esas mazas y, utilizando que su mujer se encontraba dormida, la golpeó poderosamente con ellas, ocasionándole una fractura de craneo".

Acto seguido, ha proseguido el jurado en su argumentación, según su testimonio, "por temor a dejarlas paralíticas o subnormales, se aseguró de su fallecimiento degollándola con un cuchillo de sierra", lo que, a comprender de los integrantes del jurado, "ratifica el informe de la autopsia que señala que la causa primordial de la desaparición es un shock hipovolémico secundario a herida de arma blanca a nivel cervical, con sección de la vía aérea y vascular, degollamiento".

Para el jurado, queda demostrado que, a juzgar por su declaración, la intención del acusado era "terminar con la vida de su mujer, sin peligro para su persona y sin que ésta tuviese oportunidad de defenderse, puesto que fue un ataque por sorpresa".

Además, sabiendo el procedimiento usado para terminar con la vida de su mujer, por mayoría, el jurado coincide "en el padecimiento que esto le causó". Asimismo, piensan que el acusado, "sabiendo que el sitio de los hechos era la vivienda familiar y que conocía las prácticas de las fallecidas, tenía virtudes, aparte de las armas usadas y del aspecto sorpresa" y aseguran que la mujer "no tuvo ninguna oportunidad de defenderse".

En la situacion de la hija, el jurado cree que la autopsia "ratifica" las afirmaciones del acusado sobre de qué forma hizo su muerte, "usando el engaño para hacer más simple la atadura" de la joven, así como certifica el informe ocular de la Ertzaintza. Así, los integrantes del jurado determinan como demostrado que el acusado "cometió los hechos con la intención de terminar con la vida de su hija", puesto que, según los forenses, "las lesiones infringidas eran fatales por necesidad, con golpes reiterados en la cabeza y con su posterior degollamiento".

Asimismo, el jurado ha subrayado que el acusado, que "no negó" los hechos, "se cercioró de que la desaparición se generara sin margen de fallo, asegurándose de esto con golpes en la cabeza y pasándole un cuchillo múltiples ocasiones por la garganta". En esta situación, asimismo estiman que la víctima, "como se encontraba atada, no tuvo ninguna ocasión de defensa" y remarcan, en ese sentido, que "tampoco presentaba lesiones protectoras".

Además, al estar "mucho más consciente que su madre", el jurado comprende que la desaparición le causó "un enorme padecimiento". "No existe ninguna constatación de que utilizara un procedimiento a fin de que no padeciera y, además de esto, empleó el engaño", han reiterado.

También han mencionado el informe de los forenses que "asegura el segundo corte en la región cervical posterior efectuado articulo mortem", y que asimismo recopila que la desaparición de la hija fue ocasionada por un shock hipovolémico mucho más traumatismo craneoenfefálico incompatibles con la vida".

MACHISTA

Por otro lado, el jurado ha señalado que en el relato del acusado se aprecian manifestaciones machistas como que "no las veía preparadas", que "no las podía dejar aquí" o "las maté pues no deseaba que padecieran", ya que el encausado "deseaba suicidarse y no las consideraba capaces de vivir por su cuenta".

Además, los integrantes del jurado apuntaron que familiares de la mujer y también hija asesinadas han descrito la actitud del acusado como de "déspota en relación a las víctimas", citando como un comentario común del acusado "por el hecho de que lo digo yo". Asimismo, tuvieron presente que el informe forense detalla el perfil del acusado como "narcisista y manipulador".

ATENUANTES

En relación al atenuante de "intoxicación" por bebidas alcohólicas pedido por la defensa, el jurado arguye que "no hay ninguna prueba, ni testifical, ni reportaje, ni clínica que confirme que le vieron borracho". Además, han señalado que, según la exploración médica, el acusado "no presentaba un estado perturbado de consciencia" y que la analítica "corrobora el nivel del alcoholemia, 1,29 gramos por litro de sangre, pero es imposible probar el consumo de benzodiacepinas".

Además, el jurado no considera demostrado que la compañía familiar que administraba el acusado estuviese en la ruina y no tiene presente la atenuante de confesión, por el hecho de que "salió del local pidiendo a sus hermanas y cuñado que le dieran 4 horas para suicidarse y comprendemos que señaló implícitamente que no le denunciaran".

Por último, el jurado se expone opuesto, unánimemente, a suspender la ejecución de las penas pertinentes, tal como a pedir del Gobierno el indulto para todas y cada una o ciertas penas pertinentes. Tras el veredicto del jurado, la situacion queda visto para sentencia.

PENAS

Tras saber el veredicto, la Fiscalía y la letrada del Estado mantuvieron que el acusado, marido y padre de las víctimas, respectivamente, cometió 2 delitos de asesinato con alevosía con agravante de vínculo en los 2 casos y género en el de su mujer. Por el delito de la madre piden 24 años de prisión pero, en la situacion de la hija, han cambiado, en relación a su escrito originario, la solicitud de pena, elevándola de los 23 años iniciales a 24.

La acusación especial, que representa a la familia, mantuvo asimismo su escrito original, con la modificación de que agregan la agravante de género respecto a la hija. De este modo, por los 2 delitos de asesinato con alevosía, con las agravantes de vínculo y género en los dos, pide una solicitud de 25 años por todas las muertes.

La acción habitual ejercida por la asociación Clara Campoamor se ha ratificado en la solicitud que efectuó en su escrito original y, por consiguiente, piden de 25 años de prisión para el acusado para todos los 2 delitos de asesinato con alevosía con las agravantes de vínculo y género en los dos casos, tal como la independencia observada a realizar posterioridad a lo largo de diez años.

La defensa, por su lado, se mantuvo en su escrito original, repitiendo que los hechos son constitutivos de sendos delitos de homicidio con las mitigantes de perturbación psíquica, "grave adicción a substancias", estado de "intoxicación" por bebidas o tóxicas, y confesión de los crímenes. De este modo, ofrece ocho años de prisión por todos los delitos, con el cumplimiento simultáneo de las penas.

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