El Departamento vasco de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente ha anunciado la apertura de un plazo de ayudas dirigidas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Euskadi, afectadas por el descanso biológico de la flota artesanal perteneciente al censo de artes menores en el Cantábrico NW. Este plazo estará disponible hasta el próximo 5 de junio.
El objetivo principal de las subvenciones, que cuentan con un presupuesto total de 340.000 euros, se centra en la paralización temporal de la flota artesanal perteneciente al censo de artes menores en el Cantábrico NW, con puerto base en el País Vasco, afectada por el descanso biológico establecido mediante Resolución de 28 de diciembre de 2020, del Director de Pesca y Acuicultura. Esta medida se establece en el marco de lo previsto en el artículo 33 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
El presupuesto destinado al programa se divide en dos partes iguales: 170.000 euros correspondientes al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y otros 170.000 euros correspondientes a los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que son créditos de pago del ejercicio 2023.
Cabe destacar que el volumen total de ayudas a conceder estará limitado por la citada consignación presupuestaria. Por tanto, no se procederá a la concesión de nuevas ayudas una vez se haya agotado dicho importe global.
Las personas beneficiarias de las ayudas podrán ser armadores de buques pesqueros que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha del inicio de la parada. En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica o comunidades de bienes, se solicitará un documento firmado por todas las personas integrantes en el que se conste el compromiso de ejecución de cada miembro y el nombre de la persona representante en la agrupación o comunidad de bienes.
Además, también podrán recibir ayudas los pescadores que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores a la fecha del inicio de la parada, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal. Los gastos subvencionables deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco o en buques pesqueros con puerto base en la mencionada comunidad autónoma.
Es importante destacar que, en el caso de personas jurídicas, su sede social deberá radicar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Asimismo, las personas solicitantes deberán estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.