El TSJPV niega prestaciones por IT a una cirugía estética sin patología previa
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado que una mujer reciba la prestación por Incapacidad Temporal tras someterse a una abdominoplastia y liposucción. La decisión confirma la exclusión de este tipo de cirugías estéticas del sistema sanitario público y de las ayudas económicas por baja laboral.
El caso se remonta a mayo de 2025, cuando la mujer solicitó la prestación tras una intervención en una clínica privada de Bilbao. La cirugía, realizada por motivos estéticos, no estuvo motivada por una enfermedad, accidente o malformación congénita, lo que llevó a la mutua y a los tribunales a rechazar la solicitud.
El tribunal sostiene que la seguridad social no cubre procedimientos exclusivamente estéticos. La sentencia explica que el sistema busca atender patologías, no mejoras personales que no impliquen un riesgo o enfermedad. La mujer no contaba con diagnósticos previos ni indicaciones médicas oficiales.
Desde una perspectiva legal, el TSJPV reitera que la protección social no debe financiar proyectos personales de estética. La legislación establece que solo se cubren lesiones o patologías que afecten la salud, no decisiones voluntarias de mejora física.
Este fallo refleja el debate político sobre el alcance de la sanidad pública y las prestaciones sociales. La decisión responde a una interpretación del marco legal vigente, en un contexto donde la Administración busca limitar gastos en intervenciones no sanitarias. La tendencia apunta a reforzar los límites en prestaciones relacionadas con cirugías estéticas.
En el futuro, la jurisprudencia puede seguir aclarando qué procedimientos y circunstancias merecen protección social. La discusión política sobre el financiamiento de cirugías estéticas podría volver a abrirse en el Parlamento, en un marco de mayor control presupuestario y prioridades sanitarias.