Crónica País Vasco.

Crónica País Vasco.

Gobierno Vasco establece decreto para reconocer oficialmente a familias monoparentales.

Gobierno Vasco establece decreto para reconocer oficialmente a familias monoparentales.

La comunidad vasca está a punto de experimentar un cambio significativo en el ámbito familiar con la reciente aprobación del nuevo Decreto de Familias Monoparentales por parte del Gobierno Vasco. Este decreto, que busca ofrecer un marco normativo claro, establece un sistema digital para certificar la condición de monoparentalidad de las familias. La implementación está prevista para el 1 de enero de 2026, momento en el cual las familias podrán iniciar el proceso de certificación a través de diversas plataformas, tanto en línea como presencialmente.

Uno de los puntos destacados del decreto es la creación de un censo de familias monoparentales, donde se estima que alrededor de 21,000 familias solicitarán este reconocimiento. Las categorías reconocidas incluyen familias monoparentales, donde solo hay un progenitor, así como aquellas en situaciones similares a la monoparentalidad, como en casos de violencia de género o custodia compartida, donde uno de los progenitores no vive con el hijo.

A partir del mencionado 2026, las familias monoparentales que tengan hijos podrán acceder a ayudas que podrían representar un 30% más de support financiero. Se espera que, con la revisión de las ayudas a la crianza programada para el primer trimestre de 2026, estas familias obtengan un trato equiparado al de las numerosas, lo que incluye un pago mensual adicional hasta que los hijos alcancen los siete años.

El Consejero Melgosa ha enfatizado que este decreto es un paso crucial hacia el reconocimiento legal de las familias monoparentales en Euskadi, apostando por una visión de comunidad solidaria e inclusiva. Este enfoque pretende reflejar una nueva política familiar que se adapta a las necesidades actuales.

Para poder acceder al certificado, las familias interesadas deberán cumplir criterios específicos al momento de realizar la solicitud, incluyendo una residencia legal continua en Euskadi de al menos un año. Además, el hijo o hija debe ser menor de 21 años, con la posibilidad de extender este límite a 26 años si se encuentra en formación académica relacionada con el empleo.

Es importante mencionar que para que la solicitud de prestación sea válida, el hijo o hija debe residir con el progenitor solicitante. Se contempla también que una separación temporal por motivos justificados no afectará el estatus de convivencia, lo que facilita el reconocimiento de la situación familiar.

En cuanto a la dependencia económica, la norma estipula que esta se considera si los ingresos del hijo o hija no superan el doble del Indicador de Precios de Rentas Múltiples (IPREM) anualmente. Melgosa concluyó destacando que este decreto refuerza el compromiso de Euskadi con la diversidad familiar, promoviendo una comunidad que se apoya y acompaña mutuamente en proyectos comunes.