Se ha inaugurado el período para solicitar ayudas que tienen como objetivo fomentar la inserción laboral de jóvenes menores de 30 años y de personas mayores de 45. Esta iniciativa, presentada por el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide, busca aliviar el desafío del desempleo en estos grupos poblacionales específicos, brindando apoyo económico a las empresas que deseen contratarlos.
A partir del 29 de diciembre, las empresas que realicen contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido podrán beneficiarse de una subvención de 8.400 euros por cada nuevo empleado. Cabe destacar que esta cifra será incrementada en un 10% si el puesto es ocupado por una mujer. También se contempla la posibilidad de contratos de duración determinada, siempre que se transformen en indefinidos una vez que se produzca la jubilación del trabajador que se está relevando.
Según las bases de la convocatoria, que dispone de un presupuesto de 1,2 millones de euros (720.000 euros para el año 2025 y 480.000 euros para 2026), las ayudas están específicamente destinadas a aquellas personas menores de 30 años o mayores de 45 que se encuentren desempleadas, debidamente inscritas y registradas en Lanbide, o que tengan un contrato de duración determinada pactado con la empresa solicitante.
Las solicitudes para acceder a este programa de ayudas se podrán presentar a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco o desde el portal web de Lanbide. El orden de estudio de las solicitudes será conforme a su fecha de presentación, lo que implica que las empresas deben actuar con celeridad para asegurar su acceso a estas subvenciones.
Las entidades que pueden beneficiarse de estas ayudas son tanto personas físicas como jurídicas que celebren contratos de relevo, ya sean a jornada completa y de naturaleza indefinida, o de duración determinada bajo el compromiso de convertirlos en indefinidos al momento de la jubilación del actual empleado. Es importante recalcar que estos contratos deben dar inicio a partir del 19 de octubre de 2024 para ser elegibles.
Se establece explícitamente que no serán subvencionados los contratos de trabajo relacionados con el cónyuge del empresario individual, así como con sus familiares directos (ascendientes, descendientes o colaterales) hasta el segundo grado, ya sea por consanguinidad, afinidad o adopción.
Asimismo, los socios de entidades que funcionen como sociedades, asociaciones o corporaciones tampoco podrán beneficiarse de estas ayudas, así como sus cónyuges y familiares en el mismo grado de consanguinidad, afinidad o adopción previamente mencionado, incluidos los parientes de los órganos de dirección de la entidad.
Para aquellos contratos que hayan sido iniciados antes de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), se contará con un plazo de tres meses para presentar las solicitudes. Por el contrario, los contratos iniciados el mismo día o después de la publicación deberán ser solicitados dentro de un plazo de tres meses a partir de la fecha de inicio del contrato de relevo.
Es importante señalar que el importe total de las ayudas “de mínimis” no podrá exceder los 300.000 euros para cada empresa en un período de tres años. Las solicitudes serán ordenadas y evaluadas en función de su fecha de presentación, y se concederán ayudas hasta que se agoten los fondos disponibles en el presupuesto.
Una vez que se haya agotado la dotación presupuestaria, se procederá a denegar todas las solicitudes que aún estén pendientes y se comunicará esta situación a través de una resolución oficial de la Directora de Activación Laboral de Lanbide.
Por otro lado, se han aprobado también unas ayudas destinadas a la elaboración de estudios que analicen y detecten las necesidades formativas específicas de distintos sectores económicos, lo que representa una inversión de 1 millón de euros. Esta acción está orientada a mejorar la competitividad de las empresas a través de planes de formación adaptativos.
A través de estos estudios, se buscan identificar las carencias en competencias y habilidades de los profesionales, así como cualquier deficiencia en conocimientos teóricos o prácticos. Esta información será fundamental para desarrollar futuros programas formativos que respondan a las necesidades del sector evaluado.
Las ayudas para estos estudios pueden ascender a un máximo de 65.000 euros, sumando en base al número de trabajadores, empresas, centros de trabajo o entrevistas realizadas como parte del análisis.
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