Crónica País Vasco.

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TS ratifica 10 años de prisión para el autor de un intento de homicidio en Bilbao.

TS ratifica 10 años de prisión para el autor de un intento de homicidio en Bilbao.

En un caso que ha captado la atención de la sociedad, un agresor intentó ahogar a su víctima en tres ocasiones durante un encuentro en su hogar en Bilbao. En esta serie de ataques, el sujeto no solo buscó asfixiar a la víctima, sino que también le propinó repetidos golpes, mostrando una clara intención de quitarle la vida.

La reciente decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado una condena de diez años de prisión para el acusado. Este individuo fue juzgado por el intento de asesinato de un hombre con quien se había citado en su residencia en diciembre de 2021. El acusado está implicado en la muerte de al menos cinco hombres homosexuales en la capital vizcaína, lo que añade un contexto alarmante a su perfil criminal.

El alto tribunal ha desestimado el recurso de casación presentado por el procesado, quien intentaba revocar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). Este último había incrementado la condena, previa a su revisión, de siete años y medio a diez años, dado el impacto del intento de asesinato sobre la víctima.

El TSJPV, además de elevar la pena, también destacó la responsabilidad civil del acusado, quien deberá indemnizar a la víctima con una suma de 10.800 euros por las lesiones sufridas, así como por las secuelas y daños morales generados durante el ataque.

Aquellos hechos se desarrollaron en el contexto de una cita concertada entre el agresor y la víctima, quienes previamente habían mantenido relaciones sexuales consensuadas. El encuentro del 17 de diciembre de 2021 se tornó en una pesadilla para el agredido, quien fue sorprendido por un intento inmediato de asfixia mientras ambos se encontraban en el sofá.

Durante este encuentro fatal, la víctima luchó por liberarse del ataque, logrando respirar con esfuerzo tras el primer intento de ahogamiento. Sin embargo, el agresor no desistió y llevó a cabo un segundo intento, lo que llevó a la víctima a buscar la salida y gritar pidiendo socorro. A pesar de su esfuerzo, fue nuevamente alcanzado, y en un acto de brutalidad, el atacante le golpeó la cabeza con un objeto contundente de unos 700 gramos, antes de huir del lugar, dejando atrás pertenencias como su mochila y chaqueta con documentos.

La sentencia del Tribunal confirma la intención de homicidio por parte del agresor, evidenciada no solo por sus declaraciones, sino también a través de los reiterados y sistemáticos intentos de ahogar a la víctima, así como el uso de un objeto contundente para propinar golpes. Se resalta que la ambición de terminar con la vida de la víctima es innegable cuando se consideran las acciones llevadas a cabo en un breve período.

Adicionalmente, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de Gehitu, una asociación que había solicitado la aplicación de una agravante de discriminación en el juicio. Sin embargo, el tribunal concluyó que no había evidencia de discriminación en este caso, y que las acciones del autor no correspondían a un prejuicio relacionado con la orientación sexual, ya que los implicados tenían un acuerdo previo para encontrarse de nuevo.

La sentencia, redactada por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, hace hincapié en que la prueba presentada durante el juicio no sustentó la existencia de una discriminación evidente, subrayando que el vínculo que unía a autor y víctima se había establecido de manera consensuada, sin que el comportamiento violento emergiera de un contexto de odio o rechazo hacia la orientación sexual de la víctima.