La Audiencia Provincial de Bizkaia ha confirmado la condena de seis menores a entre 3 y 5 años de internamiento cerrado por asesinato con alevosía en grado de tentativa contra Alex Ionita el 25 de julio de 2021. Otros dos menores también han sido condenados por omisión del deber de socorro, y uno de ellos también por delitos contra la integridad moral y descubrimiento y revelación de secretos. Los ocho han sido absueltos del delito de pertenencia a grupo criminal.
La sentencia de la Audiencia vizcaína desestima los recursos de los seis menores condenados a internamiento cerrado y ratifica que les declaró coautores responsables de un delito de asesinato con alevosía en grado de tentativa. El tribunal considera "innegable" su propósito de acabar con la vida de la víctima, al ejercer "una extrema violencia" tras acorralarle.
Tras la paliza, Alex Ionita ingresó en coma en el hospital de Cruces. Aunque sobrevivió, sufrió lesiones que le han dejado importantes secuelas cerebrales.
El órgano judicial destaca que la mayoría de las impugnaciones pretenden "negar la participación de los menores en el delito de asesinato, en base a la falta de participación efectiva de cada uno de ellos en la agresión". También censuran "la desproporción" de las medidas de internamiento que se les ha impuesto.
Ante ello, el tribunal señala que la resolución del Juzgado de Menores recurrida explica con detenimiento la actuación de cada uno de los condenados en la agresión a la víctima, al igual que el material probatorio que soporta los hechos, como fotogramas, manifestaciones de algunos de los involucrados, la testifical del amigo de la víctima, "y muy fundamentalmente, el visionado de las imágenes que grabaron todo el suceso".
La Audiencia Provincial remarca que la resolución judicial menciona que estos "propinaron golpes sobre la víctima" y detalla "con precisión los golpes que cada uno de ellos propinó". En cuanto a uno de los menores, se aprecia en las imágenes su actuación de "brutalidad extrema", ya que persigue a la víctima portando una botella hasta que logra "alcanzarle y golpearle en la cabeza".
En este sentido, asegura que "no cabe duda de que los menores condenados participaron como coautores en la agresión sufrida por la víctima". "Se ha acreditado que todos, sin excepción alguna, golpearon a la víctima de un modo u otro, y que todos tuvieron una contribución al resultado lesivo", asevera.
Además, argumenta que "tuvieron un dominio funcional del hecho, le propinaron golpes que impactaron en diversas zonas de su cuerpo, y le persiguieron y le acorralaron de manera despiadada para poder alcanzarle con algún golpe".
La Audiencia vizcaína afirma que las acciones ya descritas sólo permitían a los encausados asumir que iba a haber "un resultado mortal", ya que, además, emplearon "objetos contundentes como palos y botellas".
Para el Tribunal, el empleo "de extrema violencia no se compadece con una acción irreflexiva de personas que con motivo de una fiesta se exceden participando en una pelea". De hecho, precisa que "no hubo una pelea entre jóvenes como tal, sino una cruel paliza propinada por la sinrazón de unos jóvenes que se ensañaron con la víctima y que procuraron causarle el mayor daño posible".
A su entender, se trata de una imagen que "impresiona" que debería "haber removido la conciencia de los copartícipes, y que desgraciadamente no lo hizo". "Por tanto, no dudamos en apreciar en la conducta de los menores condenados el ánimo de matar", reitera.
Tampoco tiene duda la Audiencia de Bizkaia de que hubo alevosía en la agresión. Por todo ello, confirma la sentencia de instancia, incluido el pago de las costas procesales.