Crónica País Vasco.

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Tribunal de San Sebastián impone a Optima Facility Services una multa de 120.000 euros por violar derechos sindicales.

Tribunal de San Sebastián impone a Optima Facility Services una multa de 120.000 euros por violar derechos sindicales.

En una decisión que resuena con la importancia de proteger los derechos laborales, el juzgado número 2 de lo Social de San Sebastián ha dictado una sentencia en contra de Optima Facility Services S.L., obligándola a pagar la suma de 40.000 euros a los sindicatos CCOO, UGT y ELA. La condena se basa en la infracción de derechos sindicales que la empresa cometió al ignorar obligaciones previamente acordadas.

De acuerdo con la información divulgada por CCOO, la empresa Optima Facility Services S.L. incurrió en un "incumplimiento reiterado" de un acuerdo que fue subrogado con anterioridad por la empresa antecesora y que implicaba la representación de los trabajadores de limpieza en importantes instituciones de salud como el Hospital Aránzazu, el Hospital Donostia y el Hospital Gipuzkoa.

Luego de que se denunciara la falta de cumplimiento del acuerdo por parte de la empresa, se llevó a cabo un proceso de conciliación judicial en el que, tras la intervención, se llegó a un entendimiento entre la empresa condenada y los sindicatos presentes en el comité. Esto resultó en que el acuerdo pasó a ser de "obligado cumplimiento".

Sin embargo, Optima Facility Services S.L. "modificó unilateralmente" el acuerdo y desestimó las quejas formuladas por el comité, así como los requerimientos de los sindicatos, dejando de lado lo que habían firmado previamente. Esta actitud provocó que CCOO, UGT y ELA presentaran demandas ante el juzgado, denunciando violaciones a derechos fundamentales y comportamientos antisindicales que les ocasionaron daños y perjuicios.

La sentencia del juzgado sostiene que "el incumplimiento por parte de Optima Facility Services S.L. del acuerdo conciliado en sede judicial es una conducta antisindical". En este contexto, se ordena a la empresa que cese en sus prácticas antisindicales y que cumpla con el acuerdo previamente establecido.

Adicionalmente, la sentencia impone a Optima Facility Services S.L. la obligación de indemnizar a cada uno de los sindicatos (CCOO, UGT y ELA) con 40.000 euros, argumentando que la empresa vulneró su derecho de libertad sindical, particularmente en lo que respecta a la utilización del conflicto colectivo como parte de este derecho fundamental.

Desde CCOO del Hábitat de Euskadi, se ha manifestado que esta sentencia es un claro respaldo al sindicalismo y un firme compromiso en la defensa de los derechos de los trabajadores. Asimismo, se interpreta como un mensaje para que otras empresas reconsideren sus acciones antes de incumplir acuerdos y convenios que hayan firmado con sus empleados.